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Tengo el seguro del hogar con el banco, me obligaron a hacerlo conla hipoteca, pero es muy básico y quiero ponerle un poco más de cobertura, pero en el banco me dicen que no puedo hacerlo con otra compañía que tiene que ser con ellos, ¿Eso es legal?
• Felipe PérezBuenas tardes Felipe. En primer lugar efectivamente los bancos y las cajas te obligan a hacer con ellos los seguros, del hogar y de vida, como mínimo, no obstante por ley nadie puede obligar ha hacer un seguro con sú compañía, por lo que sí quieres cambiar de compañía estás en tú derecho ha hacerlo, es más si miras tú escritura de la hipoteca, verás que hay un apartado donde se indica que el cliente (en este caso tú), está obligado a tener un seguro contra incendios para cubrir el riesgo hipotecado, pero en ningún caso se especifica que tendrá que estar contratado el seguro con la compañía...Lo que suelen hacer para poder tener al cliente con las manos un poco atadas, es vincular el tipo de interes de la hipoteca, con la contratación de los seguros a través de su compañía, por ejemplo si tienes un interés del Euribor + 1,65%, te especifican en las escrituras, que si contratas con ellos los seguros, el tipo de interes se reduce en: Hogar 0,25%, Vida 0,10%, Pensiones 0,10%, etc...En definitiva que en ningún caso estas obligado a tener el seguro contratado con ellos, pero sí puede ser que lo tengas vinculado al tipo de interés de la hipoteca. Sobretodo si quieres anular la póliza de seguros de hogar del banco, te recomiendo que les mandes una carta certificada a las oficinas de la compañía de seguros con la que lo tengas contratado, con mínimo 2 meses de antelación al vencimiento de la póliza, para que así no tengas ningún problema para poderla anular, dado que este es el tiempo mínimo que marca la ley para poder anular una póliza de seguros. Si quieres mirar más concretamente tú póliza actual y ver que te podemos ofrecer mejor que el banco, puedes ponerte en contacto conmigo al 692.695.902 o a través del e-mail m.madrid@altesmadrid.com. Espero haberte ayudado. Un saludo.
Buenas podría decirme usted ¿qué suelen cubrir los seguros de las mascotas y cuándo son obligatorios? Gracias.
• Juan Carlos RamírezBuenos días Juan Carlos,
Los seguros de animales domésticos varían según la compañía, puedes encontrar desde solo la Responsabilidad Civil, hasta hay algunas compañías que te cubren el fallecimiento, el robo, las urgencias, etc., cada compañía te dará sus coberturas.
El único seguro obligatorio para los animales de compañía, son los de Responsabilidad Civil para perros de raza peligrosa, que junto con el chip, es necesario tenerlo, lo puedes contratar solo o incluirlo en algunas pólizas de hogar.
Lo mejor es que hables con tú agente habitual y que te aconseje o si lo prefieres puedes ponerte en contacto conmigo (692.695.906) y te explico lo que y te puedo ofrecer.
Un saludo.
Buenas. Necesito presentar un aval ante el Ayuntamiento y me han dicho que también se puede hacer un seguro de caución. ¿Tiene alguna ventaja el seguro frente al aval, qué diferencias hay? Muchas gracias.
• Oliver CabreraBuenas. Hemos creado una asociación y vamos a hacer un programa de voluntariado, nos han dicho que tenemos que contratar un seguro de responsabilidad civil para los voluntarios, ¿Cómo funcionan estos seguros, qué cubren, son muy caros? Gracias.
• Francisca BenitoBuenos días Francisca,
Los seguros de Responsabilidad civil cubren los daños que se puedan causar a terceras personas por los voluntarios designados por la asociación y así cubrir las posibles reclamaciones que les puedan hacer a ustedes.
En cuanto al coste del seguro depende de varios factores, desde el nº de voluntarios, hasta el capital asegurado que quieran designar.
Lo mejor sería que pudiéramos quedar o hablar por teléfono, para poder ver exactamente cuál es la mejor solución para su asociación, y poderle hacer un estudio personalizado. Le dejo mi teléfono por si quiere ponerse en contacto conmigo 692.695.906.
Reciba un cordial saludo.
Matthews Madrid
¿Qué se supone que cubren los seguros de viajes que pagamos obligatoriamente con el billete de los transportes públicos? Gracias.
• Desiré MartínBuenas tardes. en el banco me han hecho firmar un seguro de vida y me han dicho que si pago la hipoteca antes de tiempo me devuelven la parte proporcional al tiempo que me he adelantado. ¿Cómo funcionan este tipo de seguros o dónde puedo informarme bien de cómo van? Muchas gracias.
• Carlos HerreroBuenos días Carlos,
Disculpa la demora en contestarte, por lo que entiendo en el banco te han hecho firmar un seguro de vida riesgo, si es así la prima que pagas cada año, se pierde y no te la devuelven por mucho que adelantes el pago de la hipoteca, no obstante no todos los productos de vida que te hacen firmar son de vida riesgo, por lo que lo mejor sería que te pasaras por mi oficina con la póliza que has firmado y lo miramos personalmente. Puedes ponerte en contacto conmigo al 692.695.906, un saludo.
Aunque los seguros vayan a nombre de una persona si le dejo mi coche a alguien y tiene un accidente lo cubre, ¿no?
• Ricardo RuedaBuenos días Ricardo,
Siempre y cuando la persona que conduzca el vehículo sea mayor de 25 años, en un principio sí debería cubrir, no obstante tendríamos que ver tú póliza en concreto, dado que hay compañías que para poder dar precios muy reducidos, te limitan la conducción del vehículo asegurado a la persona que está declarada en la póliza, así como otras compañías como la mía, que solo te piden que el conductor tenga más de 25 años, a poder ser que este declarado en póliza.
Si quieres puedo echarle un vistazo a tú póliza y ver si te lo cubre o no, mi teléfono es el 692.695.906.
Un saludo.
Buenas tardes, el otro día me comentaron que sube la prima del seguro de hogar si se dan partes durante el año, ¿es eso cierto? Gracias.
• Sofía ClaroBuenos días Sofía,
En un principio cada año las pólizas de hogar suben las primas, al revalorizarse los capitales + el IPC, no obstante si uno tiene varios siniestros en un mismo año, es muy probable que la prima del año siguiente sí se la suban, incluso se puede dar el caso de que la compañía en la que se está asegurado al dar dos o más partes, decidan no renovar la póliza, avisando siempre con el tiempo suficiente, según marca la ley.
Un saludo.
¿En el caso de un desastre natural, cubre el seguro el vehículo?
• Eva TrianaEn cuanto a las pólizas de autos de las compañías de seguros, estás de por si no cubren las catástrofes naturales, puesto que el organismo que se hace cargo de los daños producidos por estas, es el Consorcio de Compensación del Seguro. No obstante, para que el consorcio se haga cargo de los daños producidos por catástrofes naturales, en la póliza de autos tienes que tener contratada como mínimo una cobertura de daños, ya sea las Lunas, el Robo, el Incendio, los Daños propios, la pérdida total, o todas juntas, es el requisito indispensable que pide el consorcio para dar cobertura a este tipo de fenómenos.
Si quieres puedes ponerte en contacto conmigo al 692.695.906 y miramos si tu vehículo tiene alguna cobertura de las mencionadas o la posibilidad de hacerte una póliza para incluirlas.
Un saludo.
Matthews Madrid
Los seguros de automóviles que aseguran, porque no lo tengo muy claro, el vehículo o el conductor.
• Ismael GarcíaBuenos días Ismael,
Los seguros de automóviles puros (es decir el seguro obligatorio para poder circular), lo que cubre es la Responsabilidad Civil del vehículo y del conductor hacía los demás, no obstante las pólizas actuales de automóviles incluyen la garantía de accidentes corporales del conductor, que a través de esta garantía cubren los daños físicos que pueda sufrir el conductor por un accidente hasta un cierto límite, y en caso de contratar la garantía de Daños propios del vehículo (Todo Riesgo), entonces se cubren los daños del vehículo.
En definitiva se cubre la responsabilidad civil tanto del coche como del conductor, con la posibilidad de asegurar los daños físicos del conductor y los daños propios del vehículo.
Un saludo.
Matthews Madrid
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